RECORDATORIO: La Factura de Importación electrónica debe estar firmada por el Importador y el Despachante de Aduana
El Centro Despachantes de Aduana (CDA) recuerda a sus asociados que, en el caso que se deba adjuntar al despacho de importación una Factura comercial transmitida electrónicamente, incluido el fax, como documentación complementaria a la declaración, la misma debe estar firmada con carácter de declaración jurada por el importador y el despachante de aduana, resultando ambos responsables del carácter de dicho documento, en forma excluyente y exclusiva.
Dicho requisito, se encuentra establecido en el punto 1.3 del apartado I del Anexo de la mencionada norma Resolución General 2793.
En lo que a ello respecta, a los efectos de resguardar la posición de los Despachantes de Aduana ante posibles infracciones, el CDA sugiere a los Socios que la validación de la Factura en tales términos sea realizada por el propio Importador, más allá de que éste le haya delegado la autorización para suscribir documentación.