La AFIP detectó incumplimientos en la digitalizaciones de los legajos aduaneros bajo la modalidad SETI / PSAD
El Centro Despachantes de Aduana (CDA) informa a sus asociados que, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha detectado un incrementado considerable en el número de declarantes que ingresan a la “Matriz de comportamiento” por incumplimientos en su obligación de digitalización de los legajos aduaneros dentro de los plazos establecidos por la normativa vigente (Resolución General AFIP Nº 2721/2009).
A los fines de evitar las sanciones previstas en la Resolución General AFIP Nº 3069/2011, se les recuerda tener presente los vencimientos para el retiro y/o digitalización de legajos aduaneros en estado DIEN o ENDO, respectivamente.
Para conocer los legajos que deben ser regularizados, los declarantes deberán ingresar al servicio “Mis Operaciones Aduaneras”, a la carpeta “Gestión de Depositario Fiel”, opción “Legajos por los que podría ser inhabilitado”.
Estado de los legajos y plazos para su digitalización
Recordamos que cuando el legajo de la declaración aduanera alcance el estado DIEN (Disponibilidad de Entrega), el declarante deberá retirar el mismo dentro del plazo máximo de CINCO (5) días hábiles.
Realizado el acto precedente, el servicio aduanero dejará constancia de la entrega mediante la transacción “Entrega de la Documentación” lo que generará que el legajo alcance el estado “Documentación Entregada” (ENDO), teniendo el Depositario Fiel CINCO (5) días hábiles para proceder con la digitalización de la documentación en caso de auto-archivo (SETI) o a entregarla al “PSAD” cuando haya informado tal situación a la oficialización.
Cabe destacar que, las operaciones cursadas por canal verde de selectividad no pasan por el estado DIEN sino que directamente alcanzan el estado ENDO.
Sanciones
De acuerdo a antecedentes obrantes, la autoridad de aplicación puede intimar a cumplir con las obligaciones impuestas Resolución General AFIP N° 2573/2009 bajo apercibimiento de lo previsto en el Art. 994 inc C) del Código Aduanero (C.A.), por cada uno de los legajos en falta. Sin perjuicio que vencido el plazo de la intimación, y no cumplida la acción exigida, el organismo podrá entender la misma como una falta grave de acuerdo a la Resolución General AFIP Nº 3069/2011, pudiendo dar intervención al área competente configurando al Art. 51 del C.A.
Procedimiento para consultar los legajos pendientes de digitalización
A efectos de conocer los legajos que deben ser regularizados, los declarantes deberán ingresar al servicio “Mis Operaciones Aduaneras”, a la carpeta “Gestión de Depositario Fiel”, opción “Legajos por los que podría ser inhabilitado”.
Luego, tendrán que OMITIR completar el parámetro de entrada “CUIT Importador / Exportador” e iniciar la búsqueda.
A continuación emergerá una ventana con la información de los legajos objeto del aviso.