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Para tener en cuenta respecto de las carpetas del archivo “histórico”
Estimados asociados:
Les recordamos que según lo establecido por AFIP a través del “Plan de Lanzamiento de la RG 2721”, el próximo lunes 8 de marzo, vence el plazo para realizar la transacción “Reserva por la Entrega de Legajo” de aquellas carpetas entregadas por AFIP/DGA a los declarantes en el período que va del 3 de agosto de 2009 al 5 de febrero de 2010.
Recordamos que la misma se debe realizar en los casos en que el legajo esté en estado DIEN (Disponibilidad de Entrega) o ENDO (Documentación Entregada) y cuando el mismo no esté en poder del declarante. Si el legajo está en DEEN (Denegatoria de Entrega) no debe realizar la Reserva del Legajo.
La transacción se realiza a través de un servicio Web con Clave Fiscal denominado “Depositario Fiel – Reserva del Legajo”.
Para dar de alta el mismo, deberá seguir las siguientes instrucciones:
1) Ingresar a la web de AFIP con CUIT y Clave Fiscal
2) Ingresar al servicio Administrador de Relaciones de Clave Fiscal
3) Ir a Nueva Relación: Utilizando este botón podrá generar nuevas autorizaciones para utilizar servicios. Las autorizaciones podrán ser para Ud. mismo o bien para autorizar a otras personas para acceder a algún servicio en su nombre.
4) Seleccione AFIP y haga click sobre la opción “Servicios interactivos”.
5) Seleccione del listado el servicio “Depositario Fiel – Reserva de Legajo”.
6) Luego en el renglón REPRESENTANTE oprima el botón “Buscar”.
7) En el campo CUIT/CUIL deberá ingresar el CUIT/CUIL de la persona que operará el servicio. Puede ingresar su propio CUIT o bien el de un autorizado.
8) Hacer clic en “Confirmar” hasta que se abra una nueva ventana con el F. 3283/E como comprobante de habilitación del servicio.
Luego de efectuar el alta del servicio, deberá salir de la web de AFIP e ingresar nuevamente con su CUIT y Clave Fiscal, y podrá ver el nuevo servicio habilitado.
Dentro del mismo, deberá completar los campos requeridos por el sistema y luego aceptar la transacción.
Vale aclarar que de no realizarse la Reserva de Legajo antes del 8 de marzo por las carpetas correspondientes al período 03/08/2009 al 05/02/2010, la AFIP considerará que las mismas que estén en estado DIEN o ENDO, están en poder del declarante y por lo tanto solicitará que sean puestas en régimen (digitalización por auto archivo o antes del PSAD) antes del 12 de mayo de 2010.
No obstante, para las carpetas entregadas al declarante a partir del 8 de febrero, dicha herramienta podrá ser utilizada sin límite de tiempo.
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