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GESTIONES DEL CDA - OPERATIVIDAD DE SCANNERS EN TERMINALES PORTUARIAS

Para conocimiento de los Sres. Socios, informamos el documento producido por el Dpto. Operacional Aduanero de Buenos Aires a través del cual se disponen medidas para mejorar la operatividad de los Scanners en la jurisdicción.

 

CONTENEDORES SELECCIONADOS PARA SER ESCANEADOS EN LAS DISTINTAS TERMINALES PORTUARIAS

En virtud a reiterados requerimiento efectuados, con relación a la implementación de un procedimiento que permita optimizar los escaneos de contenedores requeridos por distintas dependencias de la Dirección General de Aduanas y teniendo en cuenta puntualmente la falta de cumplimiento por parte de la Terminal 1, 2 y 3, la Jefatura del Departamento Operacional Aduanero generó un recordatorio mediante Nota nº 2016/2010 (DE OABA), a fin de la toma de conocimiento por parte del permisionario de la Terminal Portuaria, inherente a la obligación del mismo en su carácter de colaborador de servicio aduanero, debiendo cumplimentar todos aquellos requerimientos aduaneros en función de lo dispuesto en el Art. 109 del Código Aduanero, fijando además un orden de prioridades de escaneo de los contenedores sujetos a dicho control.-

Para tal fin esta instancia y a continuación detalla algunas generalidades referidas al funcionamiento del scanner del punto operativo, incorporando además un procedimiento de escaneo, el que deberá ser implementado en forma inmediata, a fin de cumplimentar los requerimientos de la Superioridad, según lo ordenado en la nota mencionada en el párrafo anterior.

Es de señalar que el procedimiento a implementar se relaciona con la necesidad de instrumentar un orden de prioridades de escaneo de contenedores, otorgando para tal fin preferencia de fiscalización en primer lugar a los contenedores de exportación que deban ser embarcados en buques que se encuentren operando y estén próximos a partir (a) seguidamente, a aquellos contenedores de importación que deban ser entregados a partir de los turnos otorgados por la propia permisionaria (b), quedando en ultimo lugar aquellos contenedores de exportación que deban ser embarcados en buques que aun no iniciaron las operaciones de carga (c).-

Asimismo y a fin de clarificar la metodología de trabajo se acompaña a continuación y en primer lugar las normas de trabajo del scanner instalado en la Terminal 1, 2 y 3, seguidamente se detallan las pautas a implementar para cumplimentar lo dispuesto por la Superioridad en dicho punto operativo.-

Con respecto al resto de las terminales las normas adicionales se enviarán paulatinamente en la medida que se evalúe el avance en la implementación del procedimiento implementado en la Terminal Portuaria I-II-III.-

  1. Horario de funcionamiento

El horario de funcionamiento del scanner es H24, para tal fin el Coordinador de los scanners, dependiente de la Jefatura de la División Resguardo II, generará un listado con el personal que opera los mismos, ello al solo efecto de posibilitar entender en todas aquellas destinaciones que por razones de distinta índole deban de ser escaneadas. Asimismo es de señalar y teniendo en cuenta los horarios en que realmente tiene sentido el funcionamiento del scanner y la designación de los agentes que los operen, toda vez que de distintos monitoreos efectuados surgen interrupciones / dilaciones de tiempo, hecho que produce que el scanner se encuentre sin operar por lapsos de tiempo prolongados y toda vez que no se mantiene una secuencia constante y lógica de ingreso de camiones con mercadería a escanear, sea esta producto de la falta de medios de transporte que permitan trasladar el contenedor seleccionado hasta el escaneo etc., para tal fin resulta necesario instrumentar en una primera etapa, el horario que a continuación se detalla, a saber:

LUNES A VIERNES

·         07:30 a 12:30

·         13:00 a 18:00

·         18:30 a 21:30

·         22:00 a 01:00

SABADOS

·         07:00 a 11:00

·         11:30 a 15:30

Los cortes de servicio a los que se hace mención obedecen en primer lugar a la necesidad de brindar periodos cortos de descanso a los radiólogos que operan en el sector y posibilitar asimismo los cambios de turno. Además en dichos horarios se apagará el equipo para permitir el enfriado del mismo, intentando evitar de este modo desperfectos técnicos.

  1. Horario del personal

El panel de técnicos radiólogos que prestan servicios en el scanner cumplirá el siguiente horario de trabajo;

LUNES A VIERNES

·         07:00 a 15:30

·         11:30 a 20:00

·         16:30 a 01:00

SABADOS

·         07:00 a 15:30

El horario descripto precedentemente es aquel que deben cumplir los radiólogos en virtud de su pertenencia a la planta permanente de la Dirección General de Aduanas. No obstante ello y en virtud de lo dispuesto por las normas internacionales en la materia relacionados con la protección de los técnicos que operan aparatos radiológicos contra los efectos nocivos de las radiaciones ionizantes, se hace saber que los mismos no pueden exceder en seis horas diarias su permanencia dentro de los equipos de escaneo. Por tal motivo se implementaron los horarios de trabajo del scanner descriptos en el punto 1. Durante las 2:30 horas en las que los radiólogos no se encuentran prestando servicios en el equipo de escaneo los mismos cumplirán tareas administrativas, las que serán establecidas por las Jefaturas de Sección de las distintas Terminales habilitadas, debiendo reportar a dicha instancia o a quien este delegue tal facultad.

  1. Metodología de trabajo

El permisionario de la Terminal Portuaria deberá instrumentar un sistema de prioridades de escaneo siguiendo los criterios descriptos en el segundo párrafo del presente requerimiento.

A tal fin diariamente se deberán organizar dos filas de contenedores pendientes de escaneo, una de máxima prioridad donde se ubicarán aquellos contenedores descriptos en los ítems (a) y (b) y otra fila de mínima prioridad donde se ubicarán los contenedores del ítem (c).-

Con relación a este punto se sugiere que se escaneen dos contenedores de máxima prioridad por cada un contenedor de mínima prioridad. No obstante ello esta decisión es exclusiva responsabilidad del permisionario de la Terminal portuaria.

Asimismo y cuando razones de fuerza mayor lo hagan necesario la Jefatura Aduanera del punto podrá disponer el escaneo de uno o mas contenedores, otorgándole a los mismos máxima prioridad.

Finalmente y a fin de complementar la tarea descripta, la terminal portuaria, tal como está dispuesto en las normas internacionales del código PBIP, deberá responder por la “safety and security” dentro del fiscal, prestando especial atención al ámbito de trabajo del scanner, debiendo responder por el cumplimiento de las pautas previstas precedentemente, haciendo respetar además tanto a los usuarios externos como a los transportistas las normas de seguridad en torno al equipo radiológico, brindando además seguridad al personal aduanero destacado en el sector y evitando incidentes con los mismos durante el desarrollo de las tareas de fiscalización.

  1. Remisión de documentación al scanner

Tanto en los escaneos de contenedores de importación como de exportación la responsabilidad de entregar la documentación a los radiólogos en el scanner y una vez fiscalizados entregar la carpeta en la oficina de exportación de la Sección es exclusiva responsabilidad de los despachantes de aduana. Por tal motivo toda documentación de Aduana de Capital que ampare mercadería que deba ser escaneada deberá seguir este procedimiento.

En lo que tiene que ver con las destinaciones de interior, en aquellos casos que no exista representante del documentante en el ámbito de la Aduana de Buenos Aires, el chofer del medio de transporte entregará documentación al personal perteneciente al Servicio Aduanero, siendo este el que llevará la misma al scanner.

En este ultimo supuesto el manejo de la documentación se efectuará de la siguiente manera;

  • A las 07:00 de la mañana los radiólogos que inicien sus actividades en el punto operativo se presentarán en la oficina de aduana, sector exportación y recopilarán todas las destinaciones de interior que amparen carga arribada durante la noche anterior.
  • A las 10:00 / 14:00 y 18:00 horas el personal aduanero que cumple funciones en el sector exportación recogerá todas las destinaciones de exportación en los Gates de entrada de aduana y los llevará al sector de escaneo donde los entregará los técnicos radiólogos.
  • Una vez concluida la jornada laboral los radiólogos entregarán las carpetas de las destinaciones de interior ya escaneadas en el ultimo turno de trabajo.
  1. Recepción de comunicaciones de embarque

Con relación a este ítem y mas allá que es una tarea común a todas las destinaciones de exportación, es decir aquellas que deban ser escaneadas y aquellas que no deban serlo es importante que se cumpla la normativa en la materia, esto es lo dispuesto en la Resolución General 1921 de 2005, la que en su punto 3.2.3.1 dice textualmente:

“… El licenciatario que tenga a su cargo la Terminal o el Agente de Transporte Aduanero (ATA) a cargo del medio transportador en zona abierta deberá en forma previa al inicio de la operación de embarque, presentar ante el Servicio Aduanero la “Comunicación de Embarque” a fin de que éste la corrobore con la documentación que obra en su poder autorizando, de no mediar observación en contrario, la puesta a bordo.

Asimismo, deberá dentro de las DOS (2) horas posteriores a la salida del medio transportador presentar la “Comunicación Definitiva”, la que deberá coincidir con la comunicación de Embarque previa.

Precisamente es muy importante el cumplimiento en tiempo y forma de lo dispuesto precedentemente a fin de evitar retrasos en el control y por ende perjuicios a los exportadores. En lo que tiene que ver con el escaneo de contenedores es muy importante conocer con la antelación debida que contenedores deben ser escaneados y cual es su prioridad para determinar en que fila deberá posicionarse.

  1. Intervención del Sector Exportación

Es responsabilidad exclusiva del personal aduanero destacado en el Sector Exportación la detención de los contenedores pendientes de escaneo y el levantamiento del bloque una vez efectuado el escaneo con resultado conforme. Dicha comunicación deberá efectuarse vía mail a los correos de la permisionaria de la terminal portuaria asociados al grupo “scanner”. Es facultad del coordinador del sector exportación modificar estas pautas de trabajo a fin de lograr la optimización del procedimiento.

  1. Escaneo de contenedores de importación

Toda vez que el procedimiento ya implementado y actualmente en uso no presenta mayores dificultades, se continuará con dicha operativa. Solo se deberá considerar lo instruido en el punto 3. Metodología de trabajo – en lo referido a la prioridad de escaneo que dichos contenedores deben tener.

  1. Conclusiones

Por último, con relación a este tema en particular y con todas las operaciones aduaneras en general, es importante hacer notar, como ya se expresa oportunamente, que la Dirección General de Aduanas está facultada para ordenar los controles que crea convenientes tendientes a lograr una efectiva fiscalización de las cargas que se importan y exportan en los ámbitos fiscales y el permisionario en su carácter de colaborador del servicio aduanero deberá adoptar todas las medidas necesarias tendientes a poder cumplir con dichos controles.

A tal fin la implementación de los controles mediante la utilización de equipos de control no intrusivo, como por ejemplo el scanner, ha otorgado una dinámica interesante de trabajo en el ámbito portuario, toda vez que se controlan mayor cantidad de cargas y el método es muchísimo más ágil que el control tradicional que efectúan los verificadores de aduana, sin afectar además la integridad de la mercadería lo que reduce significativamente los costos que deben pagar los operadores del comercio internacional en el desarrollo de sus actividades.

No obstante ello es sabido que en las ultimas semanas se han incrementado los controles de las cargas mediante este método de control no intrusivo. Mas allá de los retrasos que esta mayor cantidad de contenedores inspeccionados trae consigo, no es menos cierto que los mismos son muchísimo mas rápidos que los métodos de control físicos.

En función de lo expuesto el permisionario debe acompañar esta tarea de fiscalización aduanera, cumpliendo con todos los requisitos que la autoridad del punto operativo determine a fin de poder lograr una eficiente fiscalización de las cargas.

Se informa por ultimo que la presente información se transmite vía mail a fin de poder agilizar la implementación del procedimiento. En este mismo acto se envía por la vía oficial a los fines de su notificación y devolución a esta instancia para su guarda como constancia en el archivo documental del punto operativo.

Fdo. ANDRES VELIS  - JEFE DIVISION RESGUARDO – DEPARTAMENTO OPERACIONAL ADUANERO

 

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TURNOS OPERATIVOS EN LAS TERMINALES PORTUARIAS

Estimados/as Socios/as:

A continuación transcribimos el texto de la Nota presentada el día 02 de septiembre de 2010 ante el “Consejo Consultivo Aduanero”, mediante la cual se solicita a la Cámara que nuclea a las Terminales Portuarias que disponga las medidas necesarias para lograr una mejora en la asignación de los turnos.

Texto de la Nota:

Buenos Aires, 1º de septiembre de 2010

Sra. Presidente del Consejo Consultivo Aduanero

Lic. María Siomara Ayerán

S./D.

Ref.: Asignación de Turnos Operativos en Terminales Portuarias

De nuestra mayor consideración:

Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. con el objeto de llevar a su conocimiento una situación que ha sido advertida por los asociados de nuestra institución, respecto de los inconvenientes que se producen en la asignación de turnos por parte de las Terminales Portuarias para operar en ante las mismas.

Según informes recibidos de nuestros socios, la dilación en la asignación de los turnos por parte de las Terminales Portuarias, tanto para las tareas de verificación como para el retiro de los contenedores, producen importantes demoras y su correspondiente aumento en los costos operativos.

En efecto, hasta que no finaliza la operatoria de descarga de los contenedores de los buques, las Terminales no asignan los turnos, y aún cuando se solicita el turno con 2 (DOS) días hábiles previos, en la gran mayoría de los casos no se puede obtener el respectivo turno. Mas aún, los turnos en muchas ocasiones son otorgados con tanta dilación que obliga a realizar la operación fuera del plazo de 5 días establecido para despachar bajo la modalidad de “Despacho Forzoso”.

En virtud a lo expresado, y habida cuenta que la Cámara que nuclea a las Terminales Portuarias forma parte de este Consejo, recurrimos al mismo a fin de que se dispongan las medidas necesarias para lograr una mejora en la asignación de los turnos, y así evitar los importantes incrementos de costos y demoras operativas que en este escenario se producen.

Sin otro particular, aprovechamos la oportunidad para la Sra. Directora General muy atentamente.

Ruben O. Perez  - Presidente

Oscar H. Dhers – Secretario

 

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CONTRAGIRO DE VERIFICADORES

Estimados/as Socios/as:

A continuación transcribimos el texto de la Nota presentada el día 01 de septiembre de 2010 ante el “Consejo Consultivo Aduanero”, mediante la cual se solicita evaluar la implementación de un sistema informatizado para efectuar el contragiro de verificadores.

Texto de la Nota

Buenos Aires, 24 de agosto de 2010

Sra. Presidente del Consejo Consultivo Aduanero

Lic. María Siomara Ayerán

S./D.

Ref.: Contragiro de Verificadores

De nuestra mayor consideración:

                                                               Por medio de la presente, tenemos el  agrado de dirigirnos  a Ud.  con el objeto de poner en su conocimiento una situación que ha sido advertida por los asociados de nuestra institución,  respecto de los procedimientos operativos para el contragiro de verificadores.

                                                               Según nos han informado, el mecanismo habitual  de contragiro de verificadores  que se realiza  desde los Depósitos Fiscales a la sede de la Unidad Técnica de Verificación (UTV) en el Ramo correspondiente, produce  importantes demoras y trastornos operativos en la labor diaria del Despachante de Aduana.

                                                               En efecto, una vez que se adjudica el respectivo Canal de Selectividad  en el Depósito Fiscal (cabe aclarar que muchos de ellos se encuentran  alejados del área céntrica), y en caso que el Canal asignado sea Rojo, se debe concurrir con el Despacho hasta  el asiento de la UTV, en la Plaza de Mayo, donde el Supervisor del Ramo contragira  al Verificador. Luego se debe concurrir al Depósito  Fiscal donde tiene asiento el Verificador para coordinar día y hora de la verificación en el depósito  donde se encuentra la mercancía.

                                                               En tal sentido, entendemos que el Servicio Aduanero debería evaluar la implementación de un sistema informatizado que de solución a esta problemática.

                                                               Sin otro particular, aprovechamos la oportunidad para la Sra. Directora General muy atentamente.


Ruben O. Perez  - Presidente

Oscar H. Dhers – Secretario

 

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DEPOSITARIO FIEL 

Estimados asociados:
 
Informamos que el día 2 de agosto del corriente, hemos realizado una presentación ante la Subdirección General de Recaudación de AFIP, solicitando no se apliquen las inhabilitaciones por la falta de digitalización de la "Documentación Adicional"
 
Texto de la Nota:
 
Buenos Aires, 29 de julio de 2010

 

Sres. Administración Federal de Ingresos Públicos

Subdirección General de Recaudación

Sr. Guillermo Jorge F. Cabezas Fernández

S/D

Ref.: Depositario Fiel - Inhabilitación por incumplimientos de plazos en digitalización de “Documentación Adicional”

De nuestra mayor consideración:

Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. con el objeto de solicitar se considere la situación de los legajos que comprenden “Documentación Adicional” correspondientes a Tickets emitidos por el servicio aduanero ante la presentación de distintos documentos exigibles con posterioridad al libramiento/embarque de mercaderías de importación/exportación, todo ello en el marco de lo establecido por la Resolución General Nº 2573/09, y Nº 2721/09, sus complementarias y modificatorias.

En primer lugar consideramos necesario señalar que al respecto se han adoptado distintos criterios en el servicio aduanero. En efecto, la gran mayoría de las Aduanas del Interior han dispuesto la entrega al declarante (bajo la modalidad de “Documentación Adicional”) de los documentos que éste presenta al servicio aduanero para la solicitud del Reintegro a la Exportación.  Sin embargo, este mismo temperamento no ha sido adoptado por las Aduanas de Buenos Aires y Ezeiza, y en consecuencia dicha documentación es archivada por el servicio aduanero, como lo hizo históricamente.

Por otra parte, también se ha detectado que en muchos casos en las Aduanas del Interior, la documentación es entregada al declarante, pero no se emite el ticket correspondiente, y por lo tanto no es posible proseguir con el proceso de digitalización e incorporación del documento en trato al legajo originalmente digitalizado y archivado. Del mismo modo, se han constatado casos en los que la documentación presentada por el declarante, no es “validada” en el SIM por parte del funcionario aduanero actuante, quedando la mismo “pendiente” de presentación.

En consecuencia, y considerando los motivos expuestos en la presente, solicitamos a Ud. tenga a bien dejar sin efecto, momentáneamente y hasta tanto se regularice la situación, la inhabilitación al declarante por el incumplimiento en la digitalización de la “Documentación Adicional”.

Sin otro particular, y con la expectativa de que nuestro pedido sea considerado por la Autoridad, nos despedimos con un cordial saludo.

 

Fdo. Oscar H. Dhers - Secretario

 Rubén O. Perez - Presidente

 

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Pedido para entregas de carpetas al declarante en Canal Verde 

   
 
Estimados socios:
 
A continuación transcribimos el texto de la Nota presentada el día 16 de julio ante la Dirección de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros de AFIP, mediante la cual se solicita la implementación de medidas para la entrega inmediata de carpetas al declarante con Canal Verde de Selectividad.

Mas informacion
 

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“Respuesta a una Gestión del CDA – Perfeccionamiento de Permisos de Embarque”

Ante la presentación realizada por el Centro de Despachantes de la República Argentina, la Directora General de Aduanas, María Silvina Tirabassi, instruyo el procedimiento a realizar para efectuar el perfeccionamiento del permiso de embarque con posterioridad al libramiento de la mercadería.

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