Alimentos Argentinos Una Elección Natural - Moño Azul S.A.C.I.A.

Concédese el derecho de uso sin exclusividad del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés, a la firma MOÑO AZUL SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL INDUSTRIAL Y AGROPECUARIA.

Res.SABDR 39/22

29/06/2022 (BO 01/07/2022)

VISTO el Expediente Nº EX-2021-30027615- -APN-DGD#MAGYP del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley Nº 26.967, el Dec.1341/16 de fecha 30 de diciembre de 2016, las Res.SAGPA 392/05 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus modificatorias, Res.MA 90/17 de fecha 12 de abril de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria y RESOL-2018-1-APN-SAV#MA de fecha 9 de enero de 2018 de la ex-SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA; y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 26.967, se creó el Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE establecido por la Res.SAGPA 392/05 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus modificatorias.
Que en virtud de la mencionada ley, se concede al solicitante el derecho de uso sin exclusividad del sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” por el plazo de DOS (2) años contados desde la fecha de publicación de cada acto administrativo, exclusivamente para diferenciar aquellos productos que en cada caso se establece.
Que asimismo, por el Artículo 4º del Dec.1341/16 de fecha 30 de diciembre de 2016 se estableció un reintegro del CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5 %) adicional para aquellos productos que cuenten con el derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.
Que por la Res.MA 90/17 de fecha 12 de abril de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, se dispuso que a los fines de acreditar ante el servicio aduanero que determinado producto cuenta con el derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, el interesado debe presentar un certificado por cada operación de exportación, expedido por la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que por la Res.SAGPA 1/18 de fecha 9 de enero de 2018 de la ex-SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, se aprobó el Protocolo de Calidad para “MANZANAS” que como Anexo, registrado con el Nº IF-2018-00789906-APN-DNCA#MA, forma parte integrante de la mencionada medida.
Que la firma MOÑO AZUL SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL INDUSTRIAL Y AGROPECUARIA (C.U.I.T. Nº 30-50405268-7), con sede social sita en la Avenida Scalabrini Ortiz Nº 2.069, Entrepiso “A” de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con Constancias de Habilitación de Establecimientos de Empaque Nros. “R-0401-a-F” y “Q-0401-a-F”, ambas emitidas por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha solicitado el derecho de uso sin exclusividad del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, para distinguir al producto “MANZANAS”, comercializado mediante las marcas: “MOÑO AZUL”, “AMANCAY”, “DOS FLECHAS”, “SALUD”, “VIGOR”, “NUDO AZUL” y “PINK LADY”.
Que la peticionante ha cumplido con todos los recaudos y condiciones generales y particulares requeridos por la citada Ley 26.967, por la mencionada Res.SAGPA 392/05 y su modificatoria, para la obtención del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, como así también ha acreditado el cumplimiento del Protocolo de Calidad para “MANZANAS” aprobado por la citada Resolución Nº RESOL-2018-1-APN-SAV#MA.
Que la Dirección de Agregado de Valor y Gestión de Calidad de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, elaboró el Informe Técnico correspondiente, entendiendo que se encuentran cumplidos los requisitos técnicos para la cesión del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo con las facultades conferidas por el Dec.50/19 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio.

Por ello,
EL SECRETARIO DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Concédese el derecho de uso sin exclusividad del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, a la firma MOÑO AZUL SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL INDUSTRIAL Y AGROPECUARIA (C.U.I.T. Nº 30-50405268-7), con sede social sita en la Avenida Scalabrini Ortiz Nº 2.069, Entrepiso “A” de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con Constancias de Habilitación de Establecimientos de Empaque Nros. R-0401-a-F y Q-0401-a-F, ambas emitidas por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, para distinguir al producto “MANZANAS”, comercializado mediante las marcas: “MOÑO AZUL”, “AMANCAY”, “DOS FLECHAS”, “SALUD”, “VIGOR”, “NUDO AZUL” y “PINK LADY”, de conformidad con lo establecido por la Ley 26.967, las Res.SAGPA 392/05 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus modificatorias y RESOL-2018-1-APN-SAV#MA de fecha 9 de enero de 2018 de la ex-SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase la Nota de “Aceptación de Términos y Condiciones” que como Adjunto registrado con el Nº IF-2022-21610162-APN-DGD#MAGYP, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- El derecho de uso cedido por el artículo precedente se acuerda por el plazo de DOS (2) años contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4º.- Apruébase la propuesta de exhibición del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, en la muestra de rótulo y/o elementos de packaging del producto para el cual se concede el derecho de uso del Sello y que, como Adjuntos registrados con los Nros. IF-2021-58281923-APN-DGD#MAGYP, IF-2021-92229644-APN-DGD#MAGYP, e IF-2021-92229498-APN-DGD#MAGYP, forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 5º.- Hácese saber a la firma “MOÑO AZUL SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL INDUSTRIAL Y AGROPECUARIA”, la obligatoriedad del uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, de acuerdo con la forma de exhibición aprobada en el artículo anterior; para aquellos productos destinados a la exportación y respecto de los cuales se solicite la emisión de los certificados referidos en el Artículo 2º de la Res.MA 90/17 de fecha 12 de abril de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y sus modificatorias, a los efectos del reintegro adicional establecido por el Artículo 4º del Dec.1341/16 de fecha 30 de diciembre de 2016.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Luis Gustavo Contigiani

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: www.magyp.gob.ar/normativa/


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