Habilitación del Paso Fronterizo Internacional con Chile 'Quebrada del Guanaco Zonzo' (Aduana de San Juan) - Modificaciones
Modificar la Res.Gral.AFIP 4169/17 y sus modificatorias, sustituyendo el Anexo I por el Anexo (IF-2024-00930491-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI), que se aprueba y forma parte de la presente.
Res.Gral.AFIP 5503/24
18/04/2024 (BO 22/04/2024)
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-02325234- -AFIP-DVZPYF#SDGOAI y
CONSIDERANDO:
Que la Res.SENASA 4169/17 y sus modificatorias establece, entre otros, los Pasos Fronterizos habilitados que vinculan a la República Argentina con la República de Chile, las operatorias habilitadas y la autoridad que ejerce el control aduanero para cada uno de ellos.
Que la República de Chile habilitó de manera permanente el punto fronterizo “Paso del Guanaco Sonso” para exportación de electricidad, mediante el Dec.344/20 del 29 de octubre de 2020, del Ministerio de Hacienda de ese país.
Que por su parte, la Dirección General de Aduanas mediante las Res.DGA 1/22 del 12 de enero de 2022, Res.DGA 25/22 del 4 de noviembre de 2022 y Res.DGA 22/23 del 26 de octubre de 2023 habilitó con carácter especial el Paso Fronterizo Internacional “Quebrada del Guanaco Zonzo”, para realizar transporte internacional de energía eléctrica desde la República de Chile, a efectos de ser utilizada por la firma Minera Andina del Sol S.R.L. en su carácter de titular del establecimiento minero Veladero.
Que el carácter de especial oportunamente otorgado al Paso Fronterizo Internacional “Quebrada del Guanaco Zonzo” correspondió a que se encontraba bajo trámite administrativo la celebración del contrato de concesión de transporte y pendiente de aprobación por la Secretaría de Energía de la Nación.
Que, posteriormente, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad por la Resolución N° 602 (ENRE) del 16 de agosto de 2023 otorgó a la firma LINECORP S.A. la concesión de transporte de energía eléctrica de interconexión internacional del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica de Interconexión Internacional LAMA, celebrando un contrato de concesión entre ambos, el cual fuera ratificado en todos sus términos por la Secretaría de Energía a través de la Resolución N° 754 (SE) del 13 de septiembre de 2023.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde sustituir el Anexo I de la Res.Gral.AFIP 4169/17 y sus modificatorias, a fin de incorporar como paso internacional habilitado con la República de Chile al Paso Fronterizo Internacional “Quebrada del Guanaco Zonzo” del Departamento Iglesia, Provincia de San Juan, jurisdicción de la Aduana San Juan, para operar energía eléctrica bajo el control de la Dirección General de Aduanas.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Operaciones Aduaneras del Interior, Técnico Legal Aduanera y Control Aduanero, y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Dec.618/97 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar la Res.Gral.AFIP 4169/17 y sus modificatorias, sustituyendo el Anexo I por el Anexo (IF-2024-00930491-AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI), que se aprueba y forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase en el Boletín de la Dirección General de Aduanas y archívese.
Florencia Lucila Misrahi