Zona Operativa Aduanera Río Gallegos - Habilitación provisoria - Prórroga

Prorróguese la habilitación provisoria de la Zona Operativa Aduanera RÍO GALLEGOS, ubicada sobre la Ruta Nacional Nº 3, en la ciudad de RÍO GALLEGOS, Provincia de SANTA CRUZ, por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días a contar desde el 22 de octubre de 2024, fecha de vencimiento del plazo establecido por la Res.DGA 21/23.

Res.DGA 37/24

22/10/2024 (BO 28/10/2024)

VISTO el expediente electrónico EX-2020-00493106- -AFIP-DESURG#SDGOAI del registro de esta ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Res.DGA 15/20 habilitó en forma provisoria la Zona Operativa Aduanera RÍO GALLEGOS, ubicada en la Ruta Nacional N° 3 de la ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días.
Que la referida habilitación fue oportunamente prorrogada por las Res.SGA 3/22, Res.DGA 24/22 y Res.DGA 21/234.
Que la Aduana de RÍO GALLEGOS, con la conformidad de la Dirección Regional Aduanera PATAGÓNCIA, solicita nueva prórroga de la habilitación provisoria en cuestión, atento la necesidad de mantener la agilidad, fluidez y celeridad en la operatoria habitual aduanera con la correlativa descongestión de los otros puntos operativos habilitados en esa jurisdicción, destacándose, asimismo, que en dicho predio se emplaza el camión scanner (y su correspondiente galpón para resguardo y operación) perteneciente al organismo y que se cuenta con las condiciones adecuadas para el desarrollo de las tareas de control propias del Servicio Aduanero, quedando aún pendiente la realización de obras para la habilitación como zona primaria, las que se encuentran en proceso de ejecución.
Que, por ello y en atención al plazo que demandará la culminación de las obras proyectadas, resulta procedente autorizar una prórroga de la habilitación oportunamente otorgada mediante Res.DGA 15/20, con carácter provisorio, por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días a contar desde el vencimiento del plazo establecido en la Res.DGA 21/23.
Que, oportunamente, el servicio jurídico permanente se expidió en el sentido de no tener objeciones que formular para dar continuidad al presente trámite, teniendo en cuenta los informes técnicos elaborados por las dependencias competentes.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Asesoría Legal Aduanera, la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Subdirección General de Técnico Legal Aduanera.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9°, apartado 2°, inciso n) y p) del Dec.618/97 del 10 de julio de 1997.

Por ello,
El SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL TECNICO LEGAL ADUANERA A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Prorróguese la habilitación provisoria de la Zona Operativa Aduanera RÍO GALLEGOS, ubicada sobre la Ruta Nacional Nº 3, en la ciudad de RÍO GALLEGOS, Provincia de SANTA CRUZ, por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días a contar desde el 22 de octubre de 2024, fecha de vencimiento del plazo establecido por la Res.DGA 21/23.

ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de esta Dirección General. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior y la Dirección Regional Aduanera PATAGÓNICA. Remítanse estos actuados a la Aduana de RÍO GALLEGOS para su conocimiento, notificación y aplicación.

Marcelo Fabian Mignone


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