SICNEA: Depositario Fiel - Desafectación y Destrucción de Legajos Aduaneros. RG AFIP 5043/21
En virtud de las consultas realizadas por distintos Despachantes de Aduana del país manifestando la recepción de correos electrónicos del tipo “Notificaciones SICNEA” con Motivo “Legajos Autorizados a Destruir”, los cuales no podían ser visualizados a través del servicio interactivo "SICNEA - Gestión de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera”, la DIRECCIÓN DE PROGRAMAS Y NORMAS DE PROCEDIMIENTOS ADUANEROS (DG ADUA) informó que se generó un nuevo proceso correspondiente a DEPOSITARIO FIEL, con fecha lunes 14/07/2025.
Por consiguiente, atento a los SICNEA generados el 14/07/2025 con Motivo “Legajo Autorizados a Destruir - RG 5043”, los Despachantes de Aduana en su carácter de Depositario Fiel dispondrán de 15 días hábiles contados a partir de dicha notificación para controlar que los legajos puedan ser destruidos. Finalizado el plazo, deberán continuar con el cronograma de implementación del régimen.
A continuación, transcribimos las consideraciones que deberán tener presente los asociados:
A) DESPACHANTE DE ADUANA (DEPOSITARIO FIEL) QUE OPTÓ POR LA MODALIDAD DE PSAD
• El procedimiento para desafectación y destrucción de legajos aduaneros estará a cargo del Prestador de Servicios de Archivo y Digitalización (PSAD) correspondiente, es decir que, el Despachante de Aduana NO deberá llevar a cabo procedimiento alguno.
B) DESPACHANTE DE ADUANA (DEPOSITARIO FIEL) QUE OPTÓ POR LA MODALIDAD DE AUTO-ARCHIVO (SETI / WSE)
• El Despachante de Aduana recibirá una notificación SICNEA con la nómina de lotes de legajos autorizados a destruir;
• El Despachante de Aduana dispondrá de QUINCE (15) días hábiles contados a partir de la notificación SICNEA para controlar que los legajos puedan ser destruidos; en caso que los SETI / WSE no tengan en su poder el legajo que se le designa destruir deberá indicarlo sistémicamente, mediante el servicio interactivo “Gestión de Desafectación de Legajos Aduaneros” disponible desde la página web de AFIP, justificando el motivo e indicando la fecha en que se produjo el evento;
• Transcurrido el plazo de QUINCE (15) días hábiles de haberse notificado el SICNEA, el Despachante de Aduana (SETI / WSE) contará con CINCO (5) días hábiles, para enviar un SITA avisando el lugar, fecha y hora en donde se realizará la destrucción de los legajos, debiendo consignar una casilla de correo electrónico y un número de teléfono de contacto;
• El servicio Aduanero deberá emitir su pronunciamiento mediante SICNEA con un plazo mínimo de DOS (2) días hábiles de antelación a la fecha de destrucción de los legajos, para el caso de denegar la destrucción o que quiera participar de la misma. En caso que no se den las condiciones antes mencionadas, no enviará ningún SICNEA, lo que permitirá continuar con el procedimiento de destrucción;
• Producida la destrucción, el Despachante de Aduana (SETI / WSE) deberá comunicar tal situación mediante SITA a la DGA, en los dos días posteriores de producido dicho acto.
C) CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN 2025
Desafectación y Destrucción de Legajos Aduaneros. RG AFIP 5043/21.
- 14/07/2025: Emisión de notificaciones SICNEA a declarantes y PSAD indicando los lotes de legajos en condiciones de ser destruidos e Inicio del período habilitado para informar legajos que NO se encuentran en su poder porque le hubieran sido requeridos. (Manual del “Servicio de Gestión de Desafectación legajos - Externos” publicado en micrositio Depositario Fiel).
- 04/08/2025: Finalización del período para informar legajos que no se encuentran en su poder porque les hubieran sido requeridos.
- 05/08/2025: Inicio período 5 días hábiles para informar (SITA), indicando los lotes y la fecha, hora hábil y lugar donde se efectuará la destrucción, en las condiciones previstas por la norma.
- 22/12/2025: Última fecha para realizar la destrucción.
IMPORTANTE: Una vez realizada la destrucción, debe hacerse la “Confirmación de destrucción efectuada” (SITA) en los plazos previstos por la norma, con lo que se cierra el circuito. De omitirse esta comunicación, los legajos involucrados ingresarán nuevamente al siguiente proceso.
- E-mail de Consultas: desafectacionrg5043@arca.gob.
D) RECORDATORIO
Para llevar a cabo la tarea mencionada, los SETI / WSE deberán emplear el servicio interactivo “Gestión de Desafectación de Legajos Aduaneros”.
A su vez, recordamos a los asociados que desde el micrositio "Depositario Fiel" (https://www.arca.gob.ar/
• Link: https://www.arca.gob.ar/
Sumado a ello, sugerimos visualizar el flujograma que oportunamente fue publicado en la web institucional, con el detalle correspondiente al Procedimiento para la desafectación y destrucción de los legajos aduaneros, como así también, visualizar la videoconferencia de la capacitación llevada a cabo por funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos:



