Certificación de Origen Digital en la ALADI

Certificación de Origen Digital en la ALADI

Por Carlos A. Canta Yoy – Asesor del CDA en ALADI, MERCOSUR y Origen de las Mercaderías

La Secretaría General de la ALADI ha dado a conocer un documento sobre la certificación de origen digital que se utiliza en los acuerdos preferenciales para hacer efectivos los beneficios que establecen cada uno de ellos.

Resulta por demás accesible la lectura del mismo en cuanto realiza un esquema sintético y clarificador sobre el tema y es más que recomendable sea analizado por los operadores del comercio exterior especialmente por los despachantes de aduana.

La certificación de origen digital es, como bien confirma el subtítulo del informe, “Una herramienta para la facilitación del comercio internacional”. El tema de la facilitación del comercio ha estado presente en los últimos años por iniciativas emprendidas por diversos organismos internacionales, especialmente por la Organización Mundial de Comercio (consultar al respecto la Ley No. 27.373)  y la Organización Mundial de Aduanas.

 

GENERALIDADES

1.- El Comité de Representantes de la ALADI aprobó, mediante la Resolución No. 386 de 04-11-2011 del Comité de Representantes titulada “Certificación de Origen Digital en el ámbito de la ALADI”, los procedimiento generales y las especificaciones técnicas con relación a la Certificación de Origen Digital (COD) que tendrá en el ámbito de la ALADI la misma validez jurídica que la certificación de origen prevista en los regímenes de origen de los Acuerdos celebrados en el marco del Tratado de Montevideo 1980 (TM80).

2.- La importancia de certificar el origen de las mercaderías es que los países miembros importadores se aseguren que los beneficios de un Acuerdo se extiendan solamente a aquellas mercaderías efectivamente obtenidas, producidas o elaboradas en el territorio de los países exportadores beneficiados con las preferencias acordadas y de conformidad con las reglas establecidas en el mismo. Cada Acuerdo contiene disposiciones específicas en la materia del origen de los bienes y ellas deben ser estrictamente cumplidas. Estas disposiciones abarcan desde los criterios y métodos de calificación de origen hasta las exigencias formales en materia de declaración y certificación del origen y los procedimientos para la verificación y control.

3.- El certificado de origen, sea en papel o digital, es un documento que contiene una declaración jurada del exportador afirmando que determinado bien o bienes cumplen la normativa de origen del respectivo Acuerdo que se va a utilizar. Tradicionalmente el certificado ha sido emitido en papel pero crecientemente se está utilizando la emisión en forma digital. Al respecto la Circular AFIP No. 2/2020 de 06-04-20 acepta la presentación en forma digital por motivos de la pandemia imperante. Esta norma estará vigente hasta que se disponga expresamente lo contrario por parte de la Subsecretaria de Política y Gestión Comercial. El certificado es la prueba del cumplimiento del origen por parte de las mercaderías incluidas en el mismo. Su no presentación ante la Aduana del país importador significa que no se aplicará el trato preferencial en materia arancelaria.

4.- La COD supone la implementación de un sistema de certificación de origen en formato digital, no en papel, en el cual la carga de los datos, su envío, la firma del exportador y del funcionario habilitado por la Entidad Emisora se produzcan en forma digital. El Sistema está desarrollado principalmente para su utilización en el ámbito de los Acuerdos Preferenciales de la ALADI, es decir, en el marco del TM80 que creó la ALADI, que certifiquen origen mediante Entidades Certificadoras de Origen, comúnmente Cámaras y Asociaciones de Industria, Comercio y Producción.

 

VENTAJAS DE LA CERTIFICACIÓN DE ORIGEN DIGITAL (COD)

5.- Comparadas las dos clases de emisiones de los certificados de origen, en papel o por vía informática, esta última permite ahorros de tiempo, de recursos y de espacio de almacenamiento tanto de los originales como de sus copias (en el caso de los certificados en papel los mismos deben seguir siendo guardados físicamente durante por lo menos dos años, lo cual implica la utilización de un importante espacio físico).

Se pueden agregar otras ventajas de los COD, por ejemplo, una mayor seguridad de lo expresado en los certificados y una mayor protección ante los riesgos de una falsificación.

Por otra parte, no es necesario en el caso de las COD que el solicitante del certificado de origen se traslade físicamente a las oficinas de la Entidad Certificadora. También hay un ahorro del tiempo necesario por las comunicaciones entre el Exportador y la Entidad Emisora y de ésta con aquél, del Exportador con el Importador y finalmente del Importador con su Aduana.

6.- Hay también un ahorro en los recursos, por ejemplo, el del traslado del Exportador a las oficinas de la Entidad Emisora para retirar los formularios de certificados de origen, completarlos en todos sus datos y luego llevarlos a la Entidad Emisora para que la misma efectúe el control y la firma final.

El ahorro de recursos se extiende al envío de la COD por parte del Exportador al Importador vía electrónica.

7.- Los beneficios de las COD se extienden a la seguridad del contenido. Por ejemplo, un certificado firmado por un Exportador no puede ser desconocido por el firmante. Únicamente puede suscribir una COD válida el portador de una clave privada cuya clave pública esté registrada en la ALADI. Aún más, si la COD es modificada en su contenido luego de firmada el sistema la identifica.

8.- El sistema facilita la incorporación de los certificados de origen a los sistemas electrónicos de la VUCE (Ventanilla Única de Comercio Exterior). Adicionalmente, ahorra recursos materiales y energéticos (por ejemplo, madera, agua, papel) y no se utilizan materiales contaminantes asociados a la producción de pasta de celulosa y papel.

 

INFRAESTRUCTURA INFORMÁTICA DE LA COD

9.- La Certificación de Origen Digital (COD) de la ALADI está conformada por un conjunto de especificaciones, estándares y procedimientos técnicos que constituyen una infraestructura informática integrada  por aplicaciones y documentos electrónicos, que posibilitan el reconocimiento de las COD en el ámbito de la ALADI.

Las aplicaciones de la estructura informática son tres:

-      Plataformas de Emisión de los COD desarrollados por las Entidades Habilitadas para emitir la documentación;

-      Plataformas de Recepción de los COD, desarrolladas por las Aduanas; y

-      Sistema Informático de Certificación de Origen Digital de la ALADI (SCOD).

10.- Las Plataformas de Emisión de las COD son desarrolladas por las Entidades Habilitadas. Las mismas deben permitir que las COD sean firmadas digitalmente tanto por el Exportador como por el Funcionario Habilitado por la Entidad Habilitada para emitir CDO.

11.- Las Plataformas de Recepción de las COD son desarrolladas por las Administraciones Aduaneras de los países miembros. Son aplicaciones que permiten a las Aduanas de los países importadores recibir las COD asociadas a las operaciones de importación le sean solicitadas.

12.-  El SCOD es una aplicación informática en plataforma web administrada por la Secretaría General de la ALADI y compuesta por tres módulos: un Directorio Seguro, un Módulo Administrativo y un Módulo de Consulta y Verificación.

En el Directorio Seguro se almacenan, en forma centralizada y permanente, entre otros, las COD con las correspondientes Claves Públicas de los Funcionarios Habilitados para firmar las COD los que son debidamente acreditados por los países miembros a través del Módulo Administrativo.

Por el SCOD se garantiza que los funcionarios que firmaron las COD y las Entidades a las cuales pertenecen son los que efectivamente fueron habilitados por el país exportador para desempeñar tal función.

 

EMISIÓN DE LAS COD

13.- Existen varias etapas en el procedimiento de emisión de las COD:

a) Las Autoridades de Certificación habilitadas en cada país proporcionan los pares de claves tanto para los Exportadores como para los Funcionarios Habilitados para firmar las COD;

b) El Exportador completa en la Plataforma de Emisión proporcionada por la Entidad Habilitada los datos requeridos para solicitar una COD y firma digitalmente utilizando su Clave Privada;

c) Luego de revisados los datos de la COD por el Funcionario Habilitado de la Entidad éste firma la COD utilizando su Clave Privada y lo envía al Exportador;

d) El Exportador envía el COD al Importador;

e) El Importador, directamente o a través de su Despachante de Aduana envía la COD a la Aduana de su país asociada a la Declaración de Importación;

f) La Aduana del país de la importación recibe la COD mediante su Plataforma de Recepción y procede a realizar las verificaciones correspondientes invocando el SCOD (Módulo de Verificación y Control).

 

REQUISITOS A CUMPLIR POR UN PAÍS PARA UTILIZAR EL SISTEMA

14.- a) Ser miembro de la ALADI;

       b) Tener una legislación relativa a la firma digital;

       c) Designar Autoridades de Certificación Habilitadas;

       d) Desarrollar las Plataformas de Emisión y Recepción de las COD;

       e) Registrar la información correspondiente en el SCOD de la ALADI; y

       f) Que en el ámbito del Acuerdo Comercial respectivo se prevea la posibilidad  

          de certificar origen digitalmente.

 

EL FUTURO DE LA CERTIFICACIÓN DIGITAL DE ORIGEN

15.- El tema de la certificación digital del origen de las mercaderías está comprendido en el marco de la ALADI y destinado a la facilitación, transformación, modernización y armonización de los procedimientos aduaneros teniendo en cuenta especialmente  a los operadores y autoridades de control del comercio, disminuir costos, riesgos y demoras relacionados con las operaciones y tramitación del comercio exterior.

De tal manera, la iniciativa se constituye en una poderosa herramienta de facilitación del comercio y de la integración en la línea ya trazada en el Acuerdo de Facilitación de Comercio de la OMC.

Al mismo tiempo, desarrollando las vinculaciones de cooperación en las subregiones de la integración se busca conformar en el futuro un nuevo paradigma de certificación, verificación y control del origen de las mercaderías fundado en una base digital.



ADJUNTO ENCONTRARÁN EL DOCUMENTO MENCIONADO

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