Aclaraciones de la Comunicación A 7327 del BCRA

Aclaraciones de la Comunicación A 7327 del BCRA

El Banco Central de la República Argentina ha emitido la Comunicación “A” 7327 el pasado fin de semana, y con vigencia para las operaciones a cursar a partir del lunes 12 de julio.

Hasta el momento, no se podía acceder al mercado de cambios sin conformidad previa del BCRA, si se habían efectuado en los 90 días corridos anteriores de dicha fecha, la liquidación de títulos valores contra moneda extranjera con acreditación en Argentina (Mercado Electrónico de Pagos - MEP) o en el exterior (contado con liquidación -CCL), asimismo se debía comprometer a no efectuar las citadas operatorias en los 90 días corridos posteriores desde dicha fecha. La novedad que se incorpora es el canje por otros activos externos, siempre que los mismos se efectúen a partir del 12/07/2021, pero exceptúa al canje de títulos de deuda emitidos por el Gobierno Nacional.

Por otra parte, para las personas jurídicas será preciso dar cumplimiento al momento del acceso al mercado de cambios de nuevas declaraciones juradas, identificando sus correspondientes controlantes directos (personas físicas o jurídicas), verificando ese vínculo según los tipos de relación detallados en el punto 1.2.2.1 de la Comunicación “A” 6599 del BCRA.

Adicionalmente, se deberá tener en cuenta que de haber efectuado a los controlantes directos (identificados en la declaración jurada), la entrega de fondos en moneda nacional u otros activos líquidos locales con posteridad al 12 de julio 2021, deberá adicionalmente presentar declaraciones juradas firmadas por los mismos; indicando que en los últimos 90 días corridos NO ha efectuado operaciones MEP, CCL y Canje, y además comprometerse a no efectuarlas en los próximos 90 días corridos.

En tanto a las personas físicas esta declaración jurada no será exigida.

Adjunto encontrarán la norma del BCRA “A” 7327.

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