GESTIÓN CDA: Reunión virtual entre el CDA y la AFIP por la implementación de la RG 4977 (DJVE)

GESTIÓN CDA: Reunión virtual entre el CDA y la AFIP por la implementación de la RG 4977 (DJVE)

El Centro Despachantes de Aduana (CDA) informa a sus asociados que, el miércoles 30 de junio del corriente año, Directivos del CDA y el equipo de la Asesoría Integral de la Institución mantuvieron una reunión virtual con la Dirección de Programas y Normas de Procedimientos Aduaneros (DI PNPA) con el propósito de conversar respecto al cronograma de implementación de la Resolución General AFIP 4977/2021.

A continuación, se transcriben los puntos más relevantes tratados en la reunión sobre la implementación que se llevará a cabo a partir de HOY, jueves 01 de julio de 2021, para las destinaciones definitivas de exportación para consumo asociadas a las Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE).


PUNTO 1:

 

LIQUIDACIÓN AUTOMÁTICA DE LOS TRIBUTOS EN LA DJVE AL MOMENTO DE SU REGISTRACIÓN EN EL KIT MALVINA A PARTIR DEL 01/07/2021

 

Al momento del registro de la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE), tanto para el motivo 360 como 30, el Sistema Informático MALVINA (SIM) - Kit Declarante - liquidará los derechos de exportación y, de corresponder, la liquidación de beneficios con los siguientes atributos:

 

·         DJVE-360 de mercaderías incluidas en el Anexo II de la Resolución MAGYP N° 128/2019, texto actualizado: El SIM liquidará el concepto 029 (PAGO 90 EN DJVE) por el anticipo del 90% de la liquidación de derechos de exportación con la obligación V (VALORES/ VENTAJAS) importe por el cual se generará la obligación tributaria de abonar la LMAN motivo DJVE mediante la generación de un Volante Electrónico de Pago (VEP). Por otra parte, también se generará el concepto 020 (DERECHOS EXPORTACIÓN) por el 100% de los derechos con la obligación D (DIFERIDO) de acuerdo a las cantidades declaradas en la DJVE, siendo que este únicamente cumple la función de informar la totalidad de los derechos de exportación que se deberían abonar para la operación.

 

Por otra parte, de corresponder la liquidación de beneficios a la exportación, la misma será efectuada por el SIM de manera automática al ejecutarse el presupuesto del ítem de la DJVE.

 

Cabe destacar que la devolución para el cobro de los beneficios se generará a partir del cumplido de la destinación de exportación para embarques conforme o la presentación de la declaración post-embarque de la destinación de exportación para embarques con diferencia.



 

 

·         DJVE-360 de mercadería por excluidas del Anexo II de la Resolución MAGYP N° 128/2019, texto actualizado: El SIM solo generará el concepto 020 (DERECHOS EXPORTACIÓN) por el 100% de los derechos con la obligación D (DIFERIDO) de acuerdo a las cantidades declaradas en la DJVE, siendo que este únicamente cumple la función de informar la totalidad de los derechos de exportación que se deberían abonar para la operación sin generar obligación de pago.

 

Por otra parte, de corresponder la liquidación de beneficios a la exportación, la misma será efectuada por el SIM de manera automática al ejecutarse el presupuesto del ítem de la DJVE.

 

Cabe destacar que la devolución para el cobro de los beneficios se generará a partir del cumplido de la destinación de exportación para embarques conforme o la presentación de la declaración post-embarque de la destinación de exportación para embarques con diferencia.

 

 

·         DJVE-30: El SIM solo generará el concepto 020 (DERECHOS EXPORTACIÓN) por el 100% de los derechos con la obligación D (DIFERIDO) de acuerdo a las cantidades declaradas en la DJVE, siendo que este únicamente cumple la función de informar la totalidad de los derechos de exportación que se deberían abonar para la operación sin generar obligación de pago.

 

Por otra parte, de corresponder la liquidación de beneficios a la exportación, la misma será efectuada por el SIM de manera automática al ejecutarse el presupuesto del ítem de la DJVE.

 

Cabe destacar que la devolución para el cobro de los beneficios se generará a partir del cumplido de la destinación de exportación para embarques conforme o la presentación de la declaración post-embarque de la destinación de exportación para embarques con diferencia.

 

 

 

PUNTO 2:

 

LIQUIDACIÓN AUTOMÁTICA DE LOS DERECHOS DE EXPORTACIÓN EN LAS DESTINACIONES DE EXPORTACIÓN A CONSUMO ASOCIADAS A LA DJVE A PARTIR DEL 01/07/2021

 

Al momento del registro de la destinación definitiva de exportación para consumo, el Sistema Informático MALVINA (SIM) - Kit Declarante - NO liquidará los derechos de exportación ni los beneficios, de corresponder. Es decir, en el campo “Liquidación” del OM-1993 SIM NO figurará la liquidación de dichos conceptos.

 

 

Pago Previo

Si en la destinación se opta por el pago previo de los tributos aduaneros, el sistema generará una liquidación LMAN motivo LAEX, por el total de lo declarado en el Permiso de Embarque. Esta liquidación deberá ser pagada el mismo día de la oficialización de la EC.

 

No obstante, para los casos de las DJVE-360 con mercaderías incluidas en el Anexo II de la Resolución MAGYP N° 128/2019, texto actualizado, en las cuales se haya abonado el 90% de los derechos, recién se liquidarán los tributos con una LMAN motivo LAEX cuando se supere dicho porcentaje.

 

Por otra parte, si la destinación es cumplida con diferencia en más, al oficializar la declaración del post-embarque se generará una LMAN motivo POST en forma automática, por la diferencia de derechos de exportación no cobrados, la cual vencerá el día hábil siguiente al de su generación.

 

Pago con Plazo de Espera

 

Si en la destinación se opta por el pago con Plazo de Espera el sistema generará una liquidación LMAN motivo LAEX, por el total de lo declarado en el Permiso de Embarque para embarques conforme o bien a la presentación de la declaración post-embarque para embarques con diferencia. El pago de esta liquidación deberá efectuarse dentro del plazo de espera. 

 

No obstante, para los casos de las DJVE-360 con mercaderías incluidas en el Anexo II de la Resolución MAGYP N° 128/2019, texto actualizado, en las cuales se haya abonado el 90% de los derechos, recién se liquidarán los tributos con una LMAN motivo LAEX cuando se supere dicho porcentaje.

 

Cabe señalar que, a fin de acogerse al pago de los tributos con plazo de espera, el declarante podrá invocar el código de ventaja "DEJUAUTO" para aquellos Exportadores que cuenten con la misma. De lo contrario, cuando se pretenda afectar un instrumento de garantía distinto de la “Declaración Jurada del Exportador” (código de ventaja “DEJUAUTO”), será de aplicación el mecanismo de AUTOLIQUIDACION y para estos casos, se deberá invocar en la destinación el código de ventaja “PLAESPGARAN” y declarar el concepto 020 (DERECHOS EXPORTACIÓN) bajo la obligación G (GARANTÍA).

 

Liquidación de anticipo de ganancias

 

Al momento del registro del Permiso de Embarque, de corresponder la aplicación percepción en el Impuesto a las Ganancias (Resolución General AFIP N° 3577/2014), el Sistema Informático MALVINA (SIM) - Kit Declarante - liquidará la alícuota que corresponda al anticipo con el concepto 070 (ANT.GAN.EXPO/DJVE) de acuerdo al precio oficial declarado en el dato adicional “PRECIOOFICIALUNIT”.

 

 

PUNTO 3:

 

APLICATIVOS DE CIERRE Y CANCELACIÓN DE DJVE A PARTIR DEL 29/07/2021

 

Los aplicativos de Cierre y Cancelación de DJVE serán utilizados para las DJVE registradas a partir del 01/07/2021.

 

El procedimiento para utilizar las transacciones se podrá observar en el micrositio https://www.afip.gob.ar/djve/ 

 

 

PUNTO 4:

 

PERMITIR EN UNA DESTINACIONES DE EXPORTACIÓN A CONSUMO DECLARAR MÁS DE UN ÍTEM, PARA LA MISMA O DISTINTA DJVE A PARTIR DEL 18/08/2021

 

El Sistema Informático MALVINA (SIM) - Kit Declarante - permitirá declarar más de un ítem, para la misma o distinta DJVE, en una destinaciones de exportación a consumo.

 

Ejemplo: De contar con una DJVE realizada por cuenta y orden de varios terceros, al momento de realizar el permiso de embarque el sistema permitirá declarar la misma DJVE en tantos ítems como terceros haya involucrados en la operación o simplemente se podrá registrar una destinación de exportación con dos o más DJVE.


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