Correo Electrónico (DE TEIM): SENASA Fertilizantes

El Centro Despachantes de Aduana (CDA) comunica a sus asociados que, por medio de un correo electrónico remitido por el Departamento Técnica de Importación (DE TEIM) a nuestra Institución, la Dirección General de Aduanas (DGA) comunicó que, en virtud de lo dispuesto por la Resolución (SENASA) N° 214/2025 y hasta tanto se implementen las adecuaciones sistémicas correspondientes, al momento de la importación de determinados productos (fertilizantes), el declarante deberá aportar como documento a presentar en el código identificado como "AUT. SENASA AGROQUIM", el Aviso de Importación o la Autorización de Importación, según corresponda.
A continuación, se transcribe la información recibida:
CENTRO DE DESPACHANTES DE ADUANA (CDA)
Por medio del presente, se pone en conocimiento de esas asociaciones acerca de lo dispuesto por la Resolución N° 214/2025 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).
Dicha resolución establece un procedimiento simplificado de inscripción por autogestión y la emisión inmediata del registro para personas humanas y jurídicas que participen en la elaboración, fraccionamiento, distribución, importación o exportación de fertilizantes, estimulantes, enmiendas, sustratos, inoculantes, acondicionadores, protectores y materias primas, así como de las plantas donde se lleven a cabo dichas actividades. Este procedimiento se encuentra detallado en el Capítulo I del Manual Técnico que obra como Anexo de la mencionada resolución.
En ese marco, el Artículo 3° de la norma dispone que:
• Para productos que cuenten con certificaciones de inscripción o registro emitidas por autoridades competentes de los países incluidos en el Anexo I del Decreto N° 101/25, deberá tramitarse un "Aviso de Importación".
• Para aquellos productos no contemplados en dicho Anexo, se requerirá una "Autorización de Importación".
Si bien ambos trámites deberán realizarse en el marco del Régimen de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA), se solicita comunicar a los asociados que, hasta tanto se implementen las adecuaciones sistémicas correspondientes, el declarante deberá aportar, al momento de la importación de los productos antes mencionados, como documento a presentar (identificado "AUT. SENASA AGROQUIM"), el Aviso de Importación o la Autorización de Importación, según corresponda.
DEPARTAMENTO TÉCNICA DE IMPORTACIÓN