Correo Electrónico (DE TEIM): Opciones de pago de Impuesto a las Ganancias - Res. Gral. AFIP N° 2281

Correo Electrónico (DE TEIM): Opciones de pago de Impuesto a las Ganancias - Res. Gral. AFIP N° 2281

El Centro Despachantes de Aduana (CDA) informa a sus asociados que, por medio de un correo electrónico, el Departamento Técnica de Importación (DE TEIM) comunicó a nuestra Institución, que a partir de HOY, (24/08/2026) se verá reflejado en el Sistema Informático Malvina (SIM) el criterio jurídico brindado por la Subdirección General de Asuntos Jurídicos, en relación a la interpretación que corresponde asignarle a la opción sistémica "COMERC" (Importación destinada al mercado interno) prevista para el pago de la percepción del impuesto a las ganancias

Se transcribe correo recibido

 

Señores

CENTRO DE DESPACHANTES DE ADUANA

 

Por el presente, se pone en conocimiento que conforme el criterio jurídico brindado por la Subdirección General de Asuntos Jurídicos, en relación a la interpretación que corresponde asignarle a la opción sistémica "COMERC" (Importación destinada al mercado interno) prevista en la Res. Gral. AFIP N° 2281, corresponde efectuar las siguientes consideraciones:

 

El artículo 10, del mencionado cuerpo normativo, detalla los códigos que deben considerarse al registrar una operación en el S.I.M. aclarando que, de tratarse de mercaderías destinadas al mercado interno, debe seleccionarse el código COMERC de la lista de opciones GANANCIASOP3. En este contexto, queda instaurado como principio general, que las operaciones de importación definitiva realizadas por una persona jurídica quedan sujetas a una alícuota de percepción del impuesto a las ganancias del 6%, excepto que se trate de mercaderías afectadas como bienes de uso.

Dicho en otros términos, la mencionada opción debe ser interpretada en un sentido amplio, sin que su utilización se encuentre supeditada a la efectiva comercialización de las mercaderías en el mercado interno.

 

En ese orden de ideas, a partir del lunes 24/08/26 lo aquí expresado se verá reflejado en el SIM, de forma tal que se suprime la opción NO válida, considerando a la opción COMERC como todos los demás supuestos contemplados en el Artículo 5 de la Resolución General N° 2281 con la percepción allí prevista del 6%.

 

Departamento Técnica de Importación

 



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