Convocatoria Asamblea General Ordinaria

Convocatoria Asamblea General Ordinaria

Conforme a lo determinado en los Artículos 58, 60, 61, 62, 63 y 64 del Estatuto Social, se convoca a los señores socios del CENTRO DESPACHANTES DE ADUANA, a la Asamblea General Ordinaria que se efectuará en la Sede Social, Moreno 380, Capital Federal, el día 26 de noviembre de 2026, a la hora 17,00 para tratar el siguiente:

O R D E N D E L D I A

1o) Designación de dos socios presentes para que por delegación de la Asamblea aprueben y suscriban el Acta respectiva juntamente con el Presidente y Secretario de la misma. –
2o) Consideración de la MEMORIA, BALANCE GENERAL e INVENTARIO, CUENTA de GASTOS y RECURSOS y el INFORME de la Comisión Revisora de Cuentas, correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de agosto de 2026.-

DISPOSICIONES ESTATUTARIAS
Art. 58 – Las Asambleas Ordinarias tendrán lugar dentro de los noventa días corridos del cierre del ejercicio administrativo que opera el 31 de agosto de cada año. En dicha Asamblea se considerará la Memoria, Balance General e Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos y el informe de la Comisión Revisora de Cuentas que presentará la Comisión Directiva. Esos documentos deberán estar a disposición de los socios en Secretaría con no menos de diez días corridos de anticipación a la fecha de la Asamblea. Se tratarán además todos los asuntos del Orden del Día formulados por la Comisión Directiva. Cada tres años en esta Asamblea se elegirá el Presidente y demás miembros de la Comisión Directiva, los Vocales Suplentes y la Comisión Revisora de Cuentas en la forma prevista en el Art. 67.

Art. 60 – Tanto las Asambleas Ordinarias como las Extraordinarias se convocarán:
a) Mediante citaciones expuestas en lugares visibles de las dependencias del CENTRO, con no menos de treinta y cinco días corridos de anticipación a la fecha de la Asamblea, las cuales serán consideradas como medio principal y fehaciente de comunicación para todos sus socios.
b) Por comunicados publicados en el Boletín del CENTRO, con no menos de treinta y cinco días corridos de anticipación a la fecha de la Asamblea.
c) Por circulares que se remitirán por carta, al domicilio que tuviera registrado la Institución en ese momento y con no menos de treinta y cinco días corridos de anticipación a la fecha de la Asamblea, a los asociados con derecho a voto o en su defecto mediante el envío de correo electrónico que tuviera registrado la Institución en ese momento o por cualquier otro medio de igual o similar características que a futuro lo reemplace, 
los cuales serán tomados como medio fehaciente de comunicación.
d) En los tres casos se establecerán: lugar, día y hora de la Asamblea, Orden del Día – cuyo punto primero deberá tratar sobre la designación a que se refiere el art Art. 62 – y transcripción de los artículos pertinentes, esto último según la clase de Asamblea de que se trate.

Art. 61 – Las Asambleas, con excepción de las Extraordinarias en que se trate la reforma de este Estatuto, la disolución social, el cambio de objeto social o la fusión de la entidad, se constituirán en primera convocatoria con la presencia de la mitad más uno de los socios con derecho a voto y transcurrida media hora y con el carácter de segunda convocatoria, con el número de asociados presentes. Serán presididas por el Presidente o el Vicepresidente de la Asociación y en el caso de que éstos renunciaran a hacerlo o no se encontraren presentes, por el asociado que la Asamblea designe por simple mayoría de votos. En este último caso, sólo podrá votar en caso de empate.

Art. 62 – La Asamblea como tratamiento del primer punto del Orden del Día, designará a dos socios presentes para, que, por delegación de ella, aprueben y suscriban el acta respectiva juntamente con el Presidente y el Secretario de la misma.

Art. 63 – Tienen derecho a voz y voto en las Asambleas los socios Vitalicios y los Activos, estos últimos con dos años de antigüedad como mínimo.

Art. 64 – No tendrán derecho a voto en las Asambleas: a) Los socios honorarios que no pertenezcan simultáneamente en la categoría de Activos o Vitalicios y los socios Adherentes. b) Los socios que adeuden más de una cuota social mensual vencida o el pago de alguna contribución extraordinaria con un atraso mayor de un mes. c) Los socios suspendidos y los que estuvieran en uso de licencia. d) Los socios Activos que no tengan por lo menos dos años de antigüedad inmediatos a la fecha de la Asamblea. e) Tanto para asistir a las Asambleas como para votar en las elecciones, será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad, acompañado por el comprobante de pago de la cuota correspondiente al mes anterior

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