Ezeiza: recordatorio sobre los requisitos de ingreso y la utilización de credenciales aeroportuarias
El Centro Despachantes de Aduana (CDA) recuerda a sus asociados que desarrollan tareas en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza la importancia de contar con la correspondiente credencial aeroportuaria para realizar sus actividades habituales, conforme a lo establecido por la Disposición Nº 1286/2022 de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA).
En este sentido, informamos que se están aplicando controles más estrictos respecto de la cantidad de ingresos autorizados mediante permisos aeroportuarios de seguridad con acompañamiento.
De acuerdo con la normativa vigente, estos permisos no podrán otorgarse a una misma persona en más de cinco (5) oportunidades dentro de un mismo mes, ya sea de manera consecutiva o alternada, salvo que la autoridad competente autorice una excepción por una necesidad debidamente acreditada.
Por tal motivo, aquellos despachantes de aduana que deban concurrir de manera frecuente a los sectores restringidos del aeropuerto deberán prever la tramitación del permiso aeroportuario permanente que corresponda, a fin de evitar inconvenientes o demoras en el desarrollo de sus tareas profesionales.
Asimismo, recordamos que las autorizaciones de ingreso gestionadas a través del CDA, junto con la documentación que acredita la condición de despachante de aduana y asociado a la Institución, no reemplazan los permisos aeroportuarios exigidos por la PSA.
Desde el CDA recomendamos a todos los colegas que operan habitualmente en Ezeiza verificar su situación y gestionar con la debida anticipación las credenciales correspondientes, teniendo en cuenta las exigencias establecidas por la autoridad aeroportuaria.
Normativa de referencia: Disposición PSA N.º 1286/2022 y sus Anexos I y II.
Se adjunta la documentación normativa para conocimiento y consulta de los asociados.
Nota relacionada:
- Tramitá tu Credencial de PSA en el CDA!!



